Envío de felicitaciones navideñas o spam

En estas fechas navideñas, nos encontramos es muy común que las empresas manden felicitaciones navideñas a través de correo electrónico o Whatsapp a sus clientes actuales y anteriores. Sin embargo, hay que tener mucho cuidado con esta práctica por dos motivos fundamentales:

1.-   Aunque en la actualidad se están recabando las autorizaciones expresas a los clientes para enviarles comunicaciones o informaciones, las empresas, autónomos y asociaciones están descuidando que a los clientes o asociados antiguos, también hay que solicitarles las autorizaciones expresas para utilizar sus teléfono o emails.

2.- Está prohibido por la nueva Ley de Protección de Datos 3/2018, el envío de comunicaciones publicitarias o promocionales por email o u otro medio de comunicación electrónica equivalente que previamente no hubieran sido solicitadas o expresamente autorizadas por los destinatarios de las mismas. Si no contamos con el consentimiento del destinatario, no debemos enviarles ningún tipo de mensaje.

Aunque una felicitación navideña no se podría considerar como una comunicación comercial, la realidad es que estaríamos utilizando una dirección de correo o un nº de teléfono para enviar un mensaje que posiblemente para que le NO tengamos el consentimiento expreso que la ley obliga.

Más información sobre la LOPD en www.protegetusdatos.es 

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