Comunicaciones comerciales abusivas. Protege tus datosLas empresas que emitan comunicaciones comerciales en donde aparezcan datos de carácter personal (carta nominativa, llamada telefónica, email, etc.), deben tener en cuenta que, el consentimiento que exigen la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) y la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI), ha de estar claramente definido y ser previo, específico e inequívoco.

La Ley de Protección de Datos de carácter personal, regula los derechos del ciudadano como receptor de dichas comunicaciones comerciales para evitar publicidad abusiva, y la posibilidad de solicitar al anunciante, el acceso, rectificación, cancelación y la oposición al uso de los mismos, es decir, protege a los ciudadanos ante el uso que las empresas puedan hacer de sus datos de carácter personal a la hora de enviar información comercial e impedir que continúe su recepción.

Por otra parte, la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información regula la claridad que dichas comunicaciones comerciales deben cumplir, ya que deben estar plenamente identificados el anunciante, la actividad o el producto que se anuncia, las condiciones de la adquisición, incluso las de devolución aún siendo productos virtuales. Entre otros aspectos regula:

  • La adquisición o contratación de bienes o servicios vía internet.
  • El control de subastas por medios telemáticos en tiendas virtuales.
  • Las compras en internet por particulares o grupos de personas.
  • El envío de comunicaciones comerciales.
  • El suministro de información por vía telemática (internet, sms).
  • La transmisión de datos por internet o por telefonía.

 

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